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Estimado Lector,

Por medio del presente FLASH LABORAL a continuación incluimos nuestros comentarios y recomendaciones generales, las cuales las empresas deben observar y adaptarse ante la nueva normalidad que nos toca vivir con motivo de las situaciones externas que están sucediendo en nuestro entorno local pero también internacional como el COVID–19: 

I. Antecedentes

El pasado 29 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas (en adelante el “Acuerdo” o los “Lineamientos Técnicos”), el cual, es de aplicación general para todos los centros de trabajo.

Su objetivo es establecer e implementar la Estrategia de Continuidad o Retorno a las Actividades para la Nueva Normalidad, como sigue: 

II. Estrategia de Continuidad o Retorno a las actividades | La Nueva Normalidad 

Se pone en marcha un Sistema de Alerta Sanitaria Semanal que determinará el nivel de restricción en las actividades económicas, sociales y educativas, dependiendo del municipio o estado. Así, mediante un Semáforo -de riesgo epidemiológico semanal por regiones- se determinará el nivel de alerta sanitaria y definirá́ el tipo de actividades que están autorizadas para realizarse.

El Acuerdo parece confuso al señalar que “Todas las empresas podrán reiniciar operaciones”, sin embargo, se establece la condición de que dichas empresas “implementen lo establecido en los presentes lineamientos y atiendan lo establecido en el semáforo de riesgo epidemiológico”, el cual, determina las actividades que podrán desarrollarse y aquellas que no.

Las empresas que realicen actividades esenciales deberán llevar un mecanismo de autoevaluación en línea obligatorio.[1]

Los Lineamientos Técnicos deberán aplicarse considerando la Categoría del Centro de Trabajo (ver apartado III) y en cumplimiento a los siguientes principios: a) privilegiar la salud y la vida; b) solidaridad y no discriminación; c) economía moral y eficiencia productiva, y; d) responsabilidad compartida. 

III. Categorización del Centro de Trabajo

 

De acuerdo con la Categoría del centro de trabajo, será posible identificar las medidas a implementar para dar cumplimiento a los Lineamientos Técnicos. La Categoría del centro de trabajo se determinará considerando los siguientes (4) elementos: 

  1. Tipo de Actividad (esencial/no esencial) 

Deberá identificar si la actividad realizada es esencial o no. En ese sentido, la Tabla 2 del Acuerdo, contiene el listado de las 41 actividades consideradas como esenciales por el gobierno federal. 

  1. Nivel de Riesgo Epidemiológico (Semáforo) 

Deberá identificar el nivel de riesgo epidemiológico en su estado o municipio para conocer si puede realizar sus actividades, la intensidad de estas y las medidas a tomar conforme al siguiente Semáforo: 

Nivel de Riesgo Epidemiológico

Descripción

Ejemplos[2] de Medidas

Máximo

Sólo se encuentran en operación las actividades esenciales

1.      Protocolos para favorecer el trabajo en casa.

2.      Distancia de 1.5 metros entre personas; cuando se pueda, se dotará de EPP.[3]

3.      Colocar barreras físicas en las estaciones de trabajo, comedores, etc.

4.      Incrementar la frecuencia en el transporte y alternar asientos.

5.      El personal vulnerable debe trabajar desde casa.

6.      Establecer escalonamientos y flexibilización de horarios y turnos.

7.      Filtro de ingreso y egreso de trabajadores

 

Alto

Operación plena de actividades esenciales y operación reducida en actividades no esenciales

1.      Protocolos para favorecer el trabajo en casa.

2.      Personal al 30% de las actividades no esenciales.

3.      Distancia de 1.5 metros entre personas; cuando se pueda, se dotará de EPP.

4.      Barreras físicas en las estaciones de trabajo, comedores, etc.

5.      Incrementar la frecuencia en el transporte y alternar asientos.

6.      Escalonamientos y flexibilización de horarios y turnos. Atención permanente en la población vulnerable.

7.      Reforzar de ingreso y egreso de trabajadores.

 

Intermedio

Actividades acotadas en el espacio público y actividad económica plena

1.     Favorecer el trabajo desde casa.

2.     Distancia de 1.5 metros entre personas.

3.     Barreras físicas en las estaciones de trabajo, comedores, etc.

4.     Incrementar la frecuencia en el transporte y alternar asientos.

5.     Atención permanente a la población vulnerable.

6.     Filtro de ingreso y egreso de trabajadores.

 

Cotidiano

Reanudación de actividades

1.     Todo el personal en el centro de trabajo.

2.     Medidas de protección de la salud.

3.     Atención permanente a la población vulnerable

 

  

  1. Tamaño del Centro de Trabajo

Deberá determinar el tamaño del centro de trabajo en atención al sector al que pertenece y al número de trabajadores.

 

Tamaño

Sector

Rango de trabajadores

Micro

Todas

Hasta 10

Pequeña

Comercio

De 11 a 30

Industria y Servicios

De 11 a 50

Mediana

Comercio

De 31 a 100

Servicios

De 51 a 100

Industria

De 51 a 250

Grande

Servicios y Comercio

Desde 101

Industria

Desde 251

 

  1. Características internas 

Consiste en comunicar e implementar las medidas adecuadas de protección considerando el espacio y las condiciones de vulnerabilidad de los trabajadores, para lo cual, se deberá identificar: 

a. El personal en situación de vulnerabilidad

b. El personal que tiene a su cargo el cuidado de personas vulnerables[4]

c. Las áreas del centro de trabajo[5]

 

IV. Estrategias Generales de Promoción de la Salud y Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral

 

De manera obligatoria, los centros de trabajo deberán implementar Estrategias de Control para proteger la diseminación del COVID-19. Las Estrategias de Control deben aplicarse independientemente de la Categoría de la empresa y son las siguientes: 

  1. Promoción a la salud 

Implica la orientación, capacitación y organización de las personas trabajadoras para prevenir y controlar la propagación del coronavirus, incluyendo información general sobre el COVID-19, mecanismos de contagio, síntomas y prevención, así como medidas de sana distancia, etiqueta respiratoria, protección y limpieza, difusión de números de emergencia y programas de capacitación. 

  1. Protección a la salud 

Por lo que hace a la protección a la salud, se establecen las siguientes medidas: 

MEDIDAS

DESCRIPCIÓN

Sana distancia

¡Quédate en Casa! Cuando existan síntomas relacionado con el COVID-19.

Sana Distancia en la empresa. Favorecer una distancia mínima de 1.5 metros entre las personas; disminución de la frecuencia de encuentros; adecuación de espacios para reducir la densidad humana durante los niveles máximo, alto y medio, para lo cual, se deberán establecer como mínimo las siguientes estrategias:

·       Evitar el hacinamiento

·       Garantizar la disponibilidad permanente de agua potable, jabón, papel higiénico, gel a base de alcohol y toallas desechables para manos.

·       Establecer horarios alternados de comidas, baños, uso de casilleros y actividades cotidianas.

·       Incrementar los vehículos para transporte de personal, manteniendo una sana distancia, el uso de cubre bocas y la ventilación natural del transporte.

Control de ingreso-egreso

·       Establecer un filtro para la identificación de personas con infección respiratoria aguda.[6]

·       Designar un área de estancia y aislamiento para los trabajadores con síntomas[7], dotarlos de un cubre bocas y remitirlos al domicilio particular o a los servicios médicos.[8]

·       Proporcionar solución gel (alcohol al 60%) para el lavado de manos y verificar el uso apropiado de cubre bocas para todas las personas.

·       Establecer entradas y salidas exclusivas del personal; en caso de que se cuente con un solo acceso, este se deberá́ dividir por barreras físicas para el ingreso y salida del personal.

 

Medidas de prevención de contagios en la empresa

Son acciones enfocadas a reducir el riesgo de contagios. Entre éstas quedan comprendidas cuestiones de higiene, limpieza y sana distancia, como siguen:

·       Proveer dispensadores de alcohol gel al 60% a libre disposición del personal en distintos puntos del centro de trabajo.

·       Proveer productos sanitarios y EPP.

·       Contar con depósitos de productos desechables y de uso personal, procurando su limpieza continua.

·       Garantizar que los sanitarios cuenten con lavamanos y con condiciones adecuadas para la limpieza del personal (agua, jabón y toallas de papel desechable).

·       Establecer un programa de limpieza y mantenimiento permanente del centro de trabajo, utilizando los productos de limpieza adecuados.

·       Promover que las personas trabajadoras no compartan herramientas de trabajo u objetos personales sin la desinfección adecuada.

·       De ser posible, favorecer la ventilación natural en espacios comunes o de mayor concentración de personal.

·       Revisar los sistemas de extracción, en caso de contar con estos, además de dar mantenimiento y cambios de filtros.

·       Señalizar las áreas comunes[9] con marcas en el piso, paredes y/o mobiliario, recordando la distancia mínima de 1.5 metros.

·       Establecer una política de control de visitas, proveedores y contratistas.

·       Implementar una política para el uso de las escaleras y elevadores manteniendo la sana distancia, evitando tocar en la medida de lo posible las superficies, y procurando su limpieza constante.

 

Uso de EPP

Se deberán distribuir entre los trabajadores el siguiente equipo:

·       Cubre bocas de preferencia lavable.

·       Si es personal que atiende al público, se deberá proporcionar además protector facial o lentes de seguridad con protección lateral, superior e inferior de ojos.

·       Si existe exposición a agentes químicos contaminantes, deberá́ utilizarse el EPP convencional que señalen las NOMs[10]. En los tiempos en que el personal no tenga dicha exposición, se deberá utilizar cubre bocas y lentes de seguridad o protector facial.[11]

·       Si existe muy alta exposición al contagio (como las personas trabajadoras del cuidado de la salud o que realizan procedimientos que generan aerosoles), se deberán usar cubre bocas N95, guantes, bata y protección de ojos y cara.

 

 

 V. Vigilancia y Supervisión de Estrategias

 

La Comisión Mixta de Seguridad e Higiene y el encargado de seguridad del centro de trabajo deberán designarse para verificar la debida identificación e implementación de todas las medidas de prevención y protección en el centro de trabajo. 

Ambos, serán responsables de verificar: a) el establecimiento de las medidas de prevención y protección; b) el debido suministro de insumos para desinfección y limpieza; c) monitorear las disposiciones que establezcan las autoridades; d) llevar un registro y seguimiento de personal en resguardo domiciliario y evaluar posibles casos de contagio, y; e) Establecer un mecanismo de seguimiento de trabajadores en aislamiento.

VI. Medidas de Protección para la Población Vulnerable

En localidades de alerta máxima (rojo), está prohibido que las Personas en Situación de Vulnerabilidad[12] acudan a trabajar.

Para los casos de alerta alta (naranja) e intermedia (amarillo) se recomienda priorizar el trabajo a distancia y, si no es posible, el comité o persona designada será responsable de garantizar las siguientes medidas especiales para el personal vulnerable: a) identificarlos por área; b) cerciorarse de que permanentemente cuenten con equipo de protección desechable y con soluciones de alcohol gel al 60%; c) verificar medidas de reducción de densidad humana y distancia mínima entre estaciones de trabajo de 1.5 metros; d) permitirles el ingreso en horarios diferentes al resto del personal; e) establecer zonas exclusivas en comedores y/o vestidores, de no ser posible, establecer horarios diferenciados, y; f) garantizarse que estas medidas no se utilicen para discriminarlos o limitar su derecho a trabajar.

VII. Medidas de Seguridad Sanitaria

Son las medidas -derivadas de las Estrategias de Control- que deberán implementarse para la continuidad o regreso a las labores. Dichas medidas están clasificadas en indispensables y recomendadas, únicamente, para su ponderación en el orden de su implementación. Por ello, las Medidas deben ser instrumentadas en su totalidad.

Por lo que hace al cumplimiento de las medidas, todos los centros de trabajo esenciales deben autoevaluarse obligatoriamente en la herramienta disponible en la página www.nuevanormalidad.gob.mx. Para los centros de trabajo no esenciales, la herramienta será́ de uso voluntario.

La autoridad podrá fiscalizar y en su caso validar el correcto cumplimiento de las Medidas, por lo que, los ejercicios de autoevaluación servirán exclusivamente para facilitar el retorno o la continuidad de labores.

En todo caso, el cumplimiento efectivo de las medidas será el factor determinante en el momento de la fiscalización realizada por las autoridades.  

Dependiendo de la clasificación del centro de trabajo, se deberán implementar las medidas siguientes, cuyos reactivos, pueden ser identificados en el Acuerdo, en sus tablas 6 a 24.

 

Tamaño de Empresa

Tipo de Medidas

Acciones

Micro y Pequeña

Medidas indispensables: 15

1,1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 11, 17, 18, 22, 36, 38, 41, 46 y 50.

Medidas Recomendadas: 40

Todos los reactivos que no son esenciales.

Mediana

Medidas indispensables: 15

1, 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 20, 27, 28, 35, 53, 56, 59, 65 y 71.

Medidas Recomendadas: 62

Todos los reactivos que no son esenciales.

Grande

Medidas indispensables: 15

1, 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 20, 27, 28, 35, 53, 56, 59, 65 y 71

Medidas Recomendadas: 72

Todos los reactivos que no son esenciales.

VIII. Recomendaciones

  • Categorice su centro de trabajo.
  • Establezca un comité o persona designada para darle seguimiento al cumplimiento de los Lineamientos Técnicos.
  • En atención a su Categoría, determine las medidas y demás obligaciones (autoevaluación) a cargo del centro de trabajo.
  • Documente la creación del comité o designación de la persona encargada, así como también, las decisiones tomadas y las verificaciones al cumplimiento de los Lineamiento Técnicos.
  • De seguimiento al semáforo de riesgo epidemiológico y actué en consecuencia.
  • Monitoreé las disposiciones que establezcan las autoridades competentes.
  • Lleve un debido registro de las actividades realizadas para el cumplimiento de los Lineamientos Técnicos.
  • Realice diagnósticos e inspecciones de manera periódica, de preferencia con un tercero independiente a fin de que validen que la implementación de estas medidas se está cumpliendo.

Al respecto, nos ponemos a sus órdenes para aclarar cualquier duda respecto de las medidas y procedimientos que se deben aplicar, a fin de dar cumplimiento a los Lineamientos Técnicos.

 

Elaborado Por:

Roberto Lobato y Ernesto Fernández

Asociados de Negocios

Practica Legal | Laboral y de Seguridad Social

E. TCLabogados@zartax.com.mx

 

[1] Para los sectores de la construcción, minería y de fabricación de equipo de transporte que hubieran realizado su autoevaluación y que cuenten con la aprobación del IMSS, no será́ necesario que realicen de nueva cuenta su autoevaluación.

[2] Nótese que el Acuerdo se refiere a “Ejemplos de Medidas” por los que las mismas no son limitativas. En todo caso deberá referirse a las medidas a las que se encuentra obligado, de conformidad con los apartados IV, V y VI del presente documento.

[3] Equipo de Protección Personal

[4] Como se definen en la nota al píe número 11.

[5] Entre otras: oficinas, bodegas, áreas de atención al público y áreas comunes.

[6] Ello, de acuerdo con lo establecido en el «Lineamiento general para la mitigación y prevención de COVID-19 en espacios públicos cerrados.

[7] Signos de enfermedades respiratorias y/o temperatura corporal mayor a 37.5 °C

[8] Cuando sea procedente, asistirlas a obtener su incapacidad digital.

[9] Como baños, vestidores, casilleros, cafeterías, comedores y salas de juntas.

[10] Normas Oficiales Mexicanas.

[11] Se puede omitir el uso de protector facial y lentes de seguridad si existen barreras físicas entre personas trabajadoras.

[12] Aquellas que son más propensas a desarrollar una complicación o morir por COVID-19. Por ejemplo: mujeres embarazadas o lactando, personas con obesidad, personas adultas mayores de 60 años, personas que viven con diabetes e hipertensión descontroladas, VIH, cáncer, con discapacidades, trasplante, enfermedad hepática, pulmonar, así́ como trastornos neurológicos o del neurodesarrollo (epilepsia, accidentes vasculares, distrofia muscular, lesión de médula espinal).

      

  

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